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Alojamientos Turísticos en Madrid

 

Tal y como avanzamos en comunicaciones anteriores, las nuevas normas sobre Alojamientos Turísitcos del Gobierno regional han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

La normativa ha sido finalmente aprobada tal y como se venñia conociendo en anteriores borradores. Es decir, que tanto los propietarios de bloques de viviendas ubicadas en un mismo edificio (Apartamentos Turísticos) como los titulares de viviendas independientes (Viviendas Turísticas) podrán dedicarse al negocio de alojamiento turístico sujeto al cumplimiento – sobre todo en el caso de las viviendas turísticas - de unos pocos requisitos formales; básicamente, de notificación y acreditación de cumplimiento mediante documentos de parte.

Todo lo cual conforma una posibilidad clara de negocio en éste área.

Obviamente, los inmuebles en cuestión deben de reunir – además de los requisitos exigidos legalmente – las condiciones que los hacen atractivos para los turistas; es decir, ser céntricos, estar dotados de comodidades y medios técnicos, tener ascensor y acceso para personas minusválidas y estar cercanos a los principales sitios de interés.

En el año 2012 Madrid recibió cerca de 4.5 millones de turistas extranjeros y casi 9 millones de visitantes nacionales. Las cifras confirman el creciente interés por los alojamientos extra-hoteleros.

Inversores británicos, rusos e israelíes están mirando activamente el mercado inmobiliario de Madrid en busca de edificios adecuados, cuya característica principal pasa por ser susceptibles de remozamiento y/o adaptación a las exigencias de la nueva normativa.

Por tanto, puede ser un momento adecuado para el lanzamiento de éste tipo de inversión/negocio antes de que la tendencia se consolide.

 

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